Las máximas autoridades del PAMI orden Nacional, dejaron sin efecto el despido de la trabajadora Adriana Pernochi, “por no haber tenido principio de ejecución” y describen que “la desviculación fue sin invocación de causa”, ordenando así, su reincorporación inmediata.-

Resolución Número: Referencia: EX-2026-45512105- -INSSJP- de Fecha 3 de Junio de 2026

EL SUBDIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dejar sin efecto en todos sus términos, por no haber tenido principio de ejecución, la Resolución de Alcance Particular N° RESAP-2026-170-INSSJP-DE#INSSJP, referida a la desvinculación sin invocación de causa, en los términos del artículo 245 de la Ley de Contrato de Trabajo, de la trabajadora Adriana Fátima PERNOCHI (Legajo N° 67930), perteneciente a la Unidad de Gestión Local XXVIII – Santa Cruz, Unidad de Gestión Técnico Operativa, dependiente de la Subdirección Ejecutiva

ARTÍCULO 2°.- Regístrese y comuníquese. Cumplido, archívese.